
Desde el 20 de diciembre, los estatales de Rio Negro cobran el Sueldo Anual Complementario
Entre el 20 y 22 de diciembre, los trabajadores estatales rionegrinos cobrarán la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAT). (más…)
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Entre el 20 y 22 de diciembre, los trabajadores estatales rionegrinos cobrarán la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAT). (más…)
De acuerdo a los dichos de Mauro Mazza, Jefe de Research de Bull Market, el modo de inversión del aguinaldo debe ser agresivo, por lo que recomienda comprar Certificados de Depósito Argentino (CEDEARs ). De esta manera se adquieren fracciones de acciones globales, que permiten captar una rentabilidad aparejada al seguimiento del dólar cable (el más alto del mercado, incluso que el blue).
“Como posición de riesgo estamos sugiriendo META, la ex Facebook, que ha realizado inversiones multimillonarias en la tecnología del METAVERSO, y además los celulares Apple van a flexibilizar algunas normas de seguridad e información privada, que le permitirá a la aplicación de Facebook e Instagram obtener datos sobre los clientes que ayudará a quienes pagan por publicidad. Esto facilitará un flujo de información de APPLE que podría disparar la publicidad en esos móviles y así impulsar la recepción de ingresos“, sostiene el analista.
“Y recomendamos también, posicionarse en Barrick Gold (GOLD), ante la expectativa de que durante 2023 la FED empiece a bajar la tasa, y el oro sea de los principales commodities en elevar su precio”, indica el especialista.
Además menciona que una cartera estandarizada debería adicionar a la tenencia de acciones extranjeras, un pivot de renta fija, que permitirá a partir del aguinaldo tener un flujo mensual que provea beneficios distribuídos periódicamente. Para esto podría operarse fondos como Quinquela Ahorro, Delta Gestión VIII, Lam Renta Plus o BULL MARKET PROTECCIÓN, que replican letras CER, que se revalúan por el nivel generalizado de precios, las cuales rinden entre 3%-4% por encima de la inflación.
Brian Arce, analista de Liebre Capital, da cuenta de que al acercamos a la recta final del año, los inversores buscan posicionarse de antemano en aquellos activos que mejor perspectiva de brillar tengan en el 2023. De acuerdo a esta premisa, el mercado continúa sobre ponderando los papeles defensivos y esto puede verse en la evolución de los índices: en lo que va del trimestre, el índice Dow Jones trepó un 17%, mientras que el índice Nasdaq de títulos tecnológicos subió solamente un 5%.
“El mayor atractivo de estas compañías sigue siendo el pago de dividendos que distribuyen. Como estos desembolsos se realizan cada tres meses, podemos seleccionar una cartera de 3 CEDEARs para armar un flujo de cobros mensuales en dólar contado con liquidación como Coca Cola (KO), Exxon Mobil (XOM) y AT&T (T). Con una ponderación relativamente homogénea, el retorno de los dividendos de estas firmas superó el 5% en dólares en el último año, una tasa de rentabilidad que se vuelve sumamente atractiva, y en particular, para aquellos que busquen moderar el riesgo aun invirtiendo en activos de renta variable”, indica el asesor.
Lautaro Franco, Jefe de Cuenta Digital y External Asset Managers de PPI, sostiene que el contexto internacional viene siendo benéfico para países emergentes, eso sumado a las últimas medidas que el gobierno estableció para contener la devaluación, como el dólar soja 2.0, cambiaron las expectativas de los inversores.
Asi, bajaron las posibilidades de una marcada devaluación del tipo de cambio oficial para los próximos meses, con lo cual los Fondos Comunes de Inversión (FCI) que ajustan por inflación se convierten en una buena alternativa de inversión de corto o mediano plazo para quienes quieran hacer tasa en pesos con la ventaja de conservar la liquidez que ofrecen este tipo de instrumentos.
Ahora, para aquellos que saben que no van a necesitar el dinero de su aguinaldo por un período de tiempo más largo, las obligaciones negociables resultan una opción atractiva, por la posibilidad de estar dolarizados y obtener retornos en esta moneda en torno al 8 o 10% anual.
“Por último, para los más agresivos, podría ser un buen momento para aprovechar el rally de los bonos soberanos en ley extranjera (GD35 por ejemplo). El panorama internacional acompaña esta estrategia y próximos a un año electoral, podría ser una alternativa arriesgada, pero con una alta rentabilidad“, finaliza el experto.
Neuquén.- El mandatario anunció el pago del medio aguinaldo en el marco de la inauguración de una nueva cancha de césped en el barrio Melipal. (más…)
El aguinaldo es un ingreso extra muy valorado por los trabajadores argentinos cada año, y por eso suelen preguntarse cuándo se paga. Vale la pena recordar que hay leyes específicas sobre el pago del aguinaldo que se deben respetar en el país, ya que este ingreso es un derecho adquirido por los trabajadores.
Pero también que es un beneficio que tienen solo quienes trabajan en relación de dependencia, ya sea para empleadores del sector privado o en el sector público. Ni los autónomos ni los monotributistas, y mucho menos los trabajadores informales, gozan de cobrar aguinaldo.
Dicho esto, te contamos todo lo que tenés que saber sobre cuándo se paga el aguinaldo este año y el año próximo.
El aguinaldo es un sueldo extra por año que cobran los trabajadores que están formalizados en la Argentina, por eso también se lo conoce como “13° sueldo”.
Como se paga en dos partes, a cada una de ellas se le dice “medio aguinaldo”, y se abona una por semestre, un medio aguinaldo en junio y otro en diciembre.
De acuerdo a lo estipulado por la Ley 27.073, la primera cuota del aguinaldo se paga en la última jornada laboral del mes de junio.
La segunda cuota se abonaba también en la última jornada laboral de diciembre, pero luego se cambió de manera que los trabajadores tuvieran ese dinero en el bolsillo para gastar en las Fiestas de Fin de Año. Así es que por ley hoy la segunda cuota del aguinaldo se debería pagar el 18 de diciembre de cada año.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que la ley también permite un período de gracia a los empleadores de hasta cuatro días hábiles para hacer el pago del aguinaldo.
Esto quiere decir que en 2022 el primer medio aguinaldo debió pagarse entre el 30 junio y el 6 de julio; en tanto que el segundo medio aguinaldo debería llegar a los trabajadores como máximo entre el 18 y el 22 de diciembre.
Cada vez que hay un aguinaldo la gran pregunta de los trabajdores es si ese beneficio será o no tenido en cuenta en el cálculo del Impuesto a las Ganancias. La preocupación se debe a que muchos empleados registrados no pagan este impuesto pero sí atraviesan el umbral de ingreso mínimo para pagarlo gracias al aguinaldo.
Este año la Administración Federal de Ingresos Públicos se expidió rápido sobre el tema. Mediante la Resolución General 5280/2022, ya publicada en el Boletín Oficial, estableció cómo deberán liquidar los sueldos para todo este año los empleadores, incluyendo el aguinaldo.
Contrario a lo que se pensaba, para saber si hace falta contar el aguinaldo en el cálculo de Impuesto a las Ganancias no habrá que hacer un pomedio de cuánto fue el mínimo no imponible en los casos de medio aguinaldo.
La AFIP reglamentó que la modificación de los mínimos -que ahora es de 330.000 pesos mensuales- no obligará a dividir en dos el mínimo para la segunda cuota del aguinaldo, sino que para la segunda cuota se tomará como piso directamente los últimos $330.000, lo que implica un nuevo beneficio para los trabajadores.
Este derecho se consagró en la legislación laboral argentina el 20 de diciembre de 1945, durante la gestión de Juan Domingo Perón en la cartera de trabajo y la presidencia de Edelmiro Farrell.
Se lo determinó con el Decreto 33.302 de ese año, por el cual “se aumentan los salarios, se crea el Instituto Nacional de Remuneraciones, cuya función era entre otras fijar el salario mínimo y se instituye el sueldo anual complementario o aguinaldo”.
La segunda cuota del aguinaldo 2022 se debería cobrar antes del 22 de diciembre según la Ley
El pago del aguinaldo, como dijimos, se divide en dos pagos semestrales. Y cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres, según corresponda.
Es decir, ya que el primero medio aguinaldo se paga en junio, el monto corresponderá a la mitad de la mejor remuneración obtenida por el empleado entre los meses de enero y junio inmediatamente anteriores al pago. Lo mismo ocurre con la segunda cuota del aguinaldo, que toma para el cálculo las remuneraciones percibidas entre julio y dicimbre.
Más aún, si el trabajador o trabajadora no prestó tareas seis meses sino menos, se le debe abonar un proporcional a los meses trabajados, y el cálculo se hace con las remuneraciones efecticamente percibidas.
La fórmula que utilizan los liquidadores de sueldos para calcular el aguinaldo de acuerdo a los meses trabajados por cualquier empleado es la siguiente: (el salario / 12) x los meses trabajados.